A veces se tarda en actuar pero nunca es tarde si la dicha es buena. Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) reconoce que las antenas de telefonía móvil tienen efectos significativos en la salud humana y el medioambiente. Anula así la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valladolid que permitía antenas en edificios de viviendas.
El Tribunal Supremo da la razón a la Asociación Asociación Vallisoletana de Afectados por Antenas de Telecomunicaciones (AVAATE) y considera que la modificación del PGOU debe quedar sujeta a Evaluación de Impacto Ambiental porque los planes y programas que afecten a materias como “telecomunicaciones, ordenación del territorio urbano y rural, o uso del suelo” tienen EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
“debido a los riesgos que para la salud humana entraña la instalación de infraestructuras para servicios de telecomunicación, y por consiguiente, la determinación de la existencia o no de efectos significativos en el medio ambiente que pueda acarrear la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, incumbe al órgano ambiental, quien habrá de consultar previamente a las Administraciones Públicas afectadas…”.
Desde AVAATE se preguntan: ¿Y si esto es con respecto a las antenas instaladas en los tejados qué decir para antenas que se instalan en el interior de las aulas a un metro y 20 centímetros de los primeros pupitres, como las de los sistemas WiFi de las escuelas?
MENUDO NEGOCIO
ResponderEliminarSeguro que las compañias de teléfono han generado la polemica de las antenas para:
-Ahorrar infrestructuras
-Aumentar beneficios con llamadas fallidas
-Justificar llamadas fallidas
SALUD
M.A.